TC declara a Cayo Levantado como bien de dominio público


El Tribunal Constitucional estableció que el islote Cayo Levantado es un bien de dominio público, entre la categoría de patrimonio nacional, y sostiene que por tanto no es susceptible de propiedad privada, porque este pertenece a todos los dominicanos.

Mientras tanto, el abogado del Estado ante la Jurisdicción Inmobiliaria del Departamento Noreste, Juan de Dios Rosario Santos, autorizó a los sucesores del finado Andrés Trinidad a intimar a Inversiones Whale Bahía, S.A, Operadora del hotel Bahía Príncipe, a abandonar voluntariamente la propiedad que ocupa de manera ilegal en el islote Cayo Levantado en un plazo de 15 días, contado a partir de la notificación.

El TC anota que la Constitución y las leyes asignan una enorme importancia a los bienes de dominio público, porque estos consagran de manera expresa que son inalienables, inembargables e imprescriptibles.

También resalta que para el Congreso Nacional reducir las áreas protegidas se exige un quórum agravado: el voto de las dos terceras partes de los integrantes de ambas cámaras legislativas.

Ese voto, agrega, “es mayor que el exigido para la aprobación de las leyes orgánicas y para la reforma constitucional”. 

El TC declaró a Cayo Levantado como un bien de dominio público, mediante la sentencia 194/13, publicada ayer, con la cual acogió un recurso de revisión sometido por Inversiones Whale Bahía, S.A, en contra de la sentencia número 420, emitida por la sala civil de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) el 14 de diciembre del 2011.

Los jueces del TC dispusieron la nulidad de esa sentencia de la SCJ y decidieron remitir el expediente ante dicha Corte para que lo conozca nuevamente con estricto apego al criterio establecido por el Tribunal Constitucional, a fin de que establezca la naturaleza jurídica del islote, ubicado en la provincia Samaná, conocido como Cayo Levantado. 

El recurso de casación presentado por Inversiones Whale Bahía, S.A, fue en contra de la sentencia 111-10, emitida por la Cámara Civil y Comercial de la Corte de ApelaciÚn de San Francisco de Macorís el 26 de julio del 2010, que acogió una demanda en partición incoada por los sucesores del finado Andrés Trinidad, que reclaman el islote.

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